Artículo 1.- El nombre social es “FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PERIODISTAS MEXICANOS, ASOCIACIÓN CIVIL” constituida el 19 de mayo del año 2002, en el municipio de Ixtapan de la Sal, Estado de México. En lo sucesivo, para los fines de este estatuto, se le denominará Federación o FAPERMEX.

 

Artículo 2.- El domicilio de la FAPERMEX, se establecerá en la ciudad de México, y uno alterno en la ciudad de origen de la Asociación de la que haya surgido el presidente en turno.

 

Artículo 3.- La FAPERMEX será representada por un Consejo Directivo, que durará en su ejercicio tres años y sus miembros no podrán ser reelectos para el mismo cargo, hasta pasado por lo menos un periodo.

 

Artículo 4.- El Consejo Directivo estará integrado por un Presidente y tres vicepresidentes; y los siguientes secretarios: General, de Finanzas; de Relaciones Internas y Afiliación; de Relaciones Exteriores; de Protección a Periodistas; de Relaciones Culturales y Publicaciones; de Acción Social; de Relaciones Públicas; de Superación Profesional; de Ética; de Seguridad Social; de La Mujer; del Deporte; de Prensa; así como una comisión de Asuntos Jurídicos y Legislativos, integrada por cuatro miembros.

 

Así también forman parte del Consejo Directivo: cuatro secretarías regionales de Protección a Periodistas, y cuatro secretarías regionales de Apoyo a la Presidencia correspondientes a las zonas Sur, Norte, Centro y Occidente de la República.

 

Por cada uno de los titulares se nombrará un suplente el cual ocupará el cargo en ausencia del mismo, en forma provisional o definitiva según sea el caso. Titulares y suplentes tendrán derecho a voz y voto.

 

También forman parte del Consejo Directivo los ex presidentes en su carácter de Presidentes Honorarios Vitalicios. Tendrán derecho a voz y voto y su función es la consejería y asesoría de la Presidencia. A partir de que se integren tres ex presidentes formarán el Consejo Consultivo de la Federación.

 

Presidente, Vicepresidentes, Secretario General, Secretario Tesorero, Secretario de Protección a Periodistas, y presidentes Honorarios Vitalicios, conforman el Consejo Directivo Reducido, que sesionará cuando menos una vez al mes o cuando se estime necesario para tratar asuntos urgentes, de acierto a este Estatuto, que después serán informados al Consejo Directivo. En todo caso, el Presidente tiene la facultad de convocar a otros miembros del Consejo Directivo a las sesiones de este Consejo Directivo Reducido.

Artículo 5.- El Consejo Directivo tendrá la facultad para crear las comisiones que considere necesarias.

 

Artículo 6.- La Federación no persigue fines de lucro, sino de beneficio a los socios y a los asociados, en los aspectos profesional, social y ético así como la defensa de los mismos ante cualquier contingencia. Por ello coadyuvará en programas culturales, de servicio y en general toda actividad que beneficie a sus propios miembros.

 

Artículo 7.- El objeto de la Federación es:

a).- Agrupar a las Asociaciones de periodistas del país debidamente registradas;
b).- Exigir, defender y vigilar el respeto irrestricto a la libertad de expresión y el derecho a la información, y la exigencia de justicia ante toda clase de atentados contra periodistas; c).- Intervenir inmediatamente, en la forma que se considere más eficaz, cuando algún periodista fuere agraviado con motivo del ejercicio periodístico; d).- Fomentar las actividades académicas y profesionales que proporcionen mayor preparación a sus asociados y a los periodistas en general, para impulsar el desarrollo profesional; e).- Realizar y promover actos por sí o en coordinación con instituciones educativas, culturales, oficiales o privadas, con gobiernos estatales, municipales y la federación, o con sus dependencias o representaciones, con el propósito de concretar su objetivo social; f).- Apoyar ética, técnica y académicamente a instituciones donde se impartan conocimientos sobre ciencias de la comunicación y de la información en todas sus especialidades, o en su caso, crear y operar una escuela libre de periodismo; g).- La edición de libros, la elaboración del boletín interno, la operación de una página web y la impresión y circulación de un periódico nacional impreso institucional;
h).-Realizar acciones que eleven el nivel de la seguridad social de los periodistas; i).- Fijar las normas de conducta que deben observar los asociados en el ejercicio de la profesión a través del Código de Ética de esta Federación;
j).- Relacionarse con organizaciones hermanas nacionales e internacionales, con medios de comunicación de toda índole para contribuir con sus servicios al pleno ejercicio de la libertad de expresión; k).- Fomentar la comunicación entre los periodistas profesionales de México y del extranjero particularmente entre los asociados y las organizaciones afines; l).- Apoyar en general las causas de beneficio colectivo, excepto las políticas, ideológicas o religiosas; m).- Organizar sesiones de trabajo de la Federación con personalidades del sector público o privado, del mundo intelectual y otros, para obtener de ellas la información que proporcione a los miembros en pleno ejercicio profesional una óptica más completa del tema que se trate y permita el manejo más adecuado de la propia información; n).- Realizar convenios de intercambio con asociaciones de periodistas nacionales y extranjeros para enriquecimiento profesional de los asociados; o).- Efectuar aquellas acciones necesarias para el cumplimiento de este objeto social.